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¿Estás cumpliendo con el registro de bases de datos ante la SIC?

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    Jäger Lambragno Consultores Lambragno
  • 6 ago
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 12 ago

En Jäger Lambragno Consultores, brindamos asesoría legal especializada para garantizar que tu empresa cumpla con esta y otras normativas del régimen de protección de datos personales en Colombia.
En Jäger Lambragno Consultores, brindamos asesoría legal especializada para garantizar que tu empresa cumpla con esta y otras normativas del régimen de protección de datos personales en Colombia.

¿Quiénes están obligados a registrar sus bases de datos?


El registro ante la SIC es obligatorio para:


  • Personas jurídicas (empresas privadas) que:


    • Estén vigiladas por la SIC u otra entidad de control.

    • Tengan activos superiores a 100.000 UVT.

    • Realicen tratamiento de datos personales de clientes, empleados, proveedores, usuarios o terceros.


  • También deben registrarse ciertas entidades públicas, excepto aquellas excluidas expresamente por la ley.


Cumplir con esta obligación es parte esencial del cumplimiento normativo empresarial en Colombia, especialmente para aquellas organizaciones que procesan grandes volúmenes de información.


¿Qué debe reportarse en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD)?


Además del registro inicial, las empresas deben realizar reportes y actualizaciones periódicas, como parte de una adecuada gestión legal de datos personales:


  • Modificaciones sustanciales en las bases de datos (nombre, finalidad, canales de atención, encargado del tratamiento, etc.).

  • Actualizaciones por reclamos de los titulares de la información.

  • Notificación de incidentes de seguridad que afecten la integridad, confidencialidad o disponibilidad de los datos.


Fechas clave para el reporte de novedades, reclamos y actualizaciones


Las empresas deben cumplir con los siguientes plazos establecidos por la SIC:

Obligación

Fecha límite

Actualización de datos del responsable

31 de marzo (cada año)

Reporte de reclamos del primer semestre

21 de agosto

Reporte de reclamos del segundo semestre

21 de febrero (año siguiente)

Estas fechas son de obligatorio cumplimiento, y el no reportarlas a tiempo puede acarrear sanciones legales.


¿Qué riesgos existen si no se cumple con el registro de bases de datos?


El incumplimiento puede resultar en:


  • Multas impuestas por la SIC.

  • Restricciones en el tratamiento de bases de datos.

  • Pérdida de confianza por parte de clientes y aliados comerciales.

  • Riesgos reputacionales y legales en procesos de auditoría o contratación.


¿Cómo puede ayudarte Jäger Lambragno Consultores?


En nuestra firma ofrecemos servicios de asesoría legal en protección de datos personales, incluyendo:


  • Diagnóstico y verificación de cumplimiento.

  • Registro y actualización de bases de datos en el RNBD.

  • Diseño de políticas de tratamiento de datos.

  • Capacitaciones empresariales en normativas vigentes.

  • Acompañamiento jurídico continuo.


Cumplir con la ley no es solo una obligación, es una ventaja competitiva.


Desde Jäger Lambragno Consultores, acompañamos a empresarios, emprendedores y organizaciones en todo lo relacionado con la gestión legal de datos personales, el cumplimiento normativo y la seguridad jurídica de sus operaciones.


¿Tu empresa ya cumplió con estas obligaciones? Si no lo has hecho o no sabes por dónde empezar, contáctanos. Estamos aquí para ayudarte.


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